Pasos que no puedes olvidar para sacar tu licencia de TCP

La Licencia para ejercer el trabajo por cuenta propia, es la autorización que permite a los ciudadanos cubanos y extranjeros residentes permanentes en Cuba, mayores de 17 años de edad, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley, para trabajar por cuenta propia.

Las personas naturales pueden ser autorizadas a ejercer más de una actividad, siempre que cumplan lo regulado para el ejercicio del trabajo por cuenta propia. Las personas naturales pueden ejercer el trabajo por cuenta propia de manera individual, o como trabajador contratado por otro trabajador por cuenta propia.

El alcance de actividad que se va a realizar se determinará a partir del proyecto de trabajo que presente el interesado, de acuerdo con el Clasificador Nacional de Actividades Económicas.

Los interesados en obtener una Licencia de trabajo por cuenta propia, según el tipo de actividad deberán acudir a la Dirección de Trabajo Municipal que le corresponda por su lugar de residencia o donde ejercerán la actividad, con los siguientes documentos:

  1. Presentación del proyecto de trabajo, que pretenda ejercer.
  2. Carné de identidad.
  3. Dos (2) fotos de 1×1.
  4. Declaración de que todos los datos expuestos son ciertos, que el origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas o a ejecutar, así como la procedencia de los equipos y medios son lícitas y que su actuar no es en beneficio de otra persona. (No requiere ser certificada ante notario).
  5. Solicitud de autorización para emplear trabajadores contratados (si corresponde) y proyecto de contrato de trabajo o documento equivalente, donde se precisen las cláusulas y condiciones acordadas.
  6. Ofrecer sus datos de contacto: teléfono y/o correo electrónico.
  7. Título que acredita la propiedad de la vivienda o documento legal acreditativo de la representación, si pretende arrendar una vivienda, habitación o espacio.
  8. Autorización del Historiador o del Conservador, según corresponda, en los casos en que pretenda realizar la actividad dentro de los límites de la Zona Priorizada para la Conservación.
  9. Además, deberán presentar documentos adicionales en correspondencia con la actividad que se va a desarrollar.

Costos

  • Obtención de la Licencia para ejercer el Trabajo por Cuenta Propia: No tiene costo.
  • Para obtener un duplicado de la Licencia para ejercer el Trabajo por Cuenta Propia: $20.00pesos cubanos en sellos del timbre, como impuesto que grava los documentos.

Dónde presentar el trámite

La Licencia para ejercer el trabajo por cuenta propia, se solicita por el interesado mediante el sistema de VENTANILLA ÚNICA, de las Direcciones de Trabajo municipales; que permitirá realizar todos los procedimientos y consultas en un solo lugar. Los trámites se realizarán en línea, a través de la página WEB y la APK, lo que permitirá agilizar trámites, minimizar errores y transparentar la gestión.

Excepto para las solicitudes de licencias de Operación de Transporte, para las actividades de transporte de carga y pasajeros y los servicios auxiliares y conexos del transporte; las cuales son designadas por el Ministerio de Transporte.

Horarios de atención: De lunes a viernes: horario laboral

Tiempos de resolución: Un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. Una vez que la solicitud se registra para su posterior evaluación y que proceda la autorización. Cuando la solicitud es aprobada, se elabora el documento acreditativo para la rama por el jefe de la entidad, que la emite y se notifica al solicitante. Un plazo de hasta treinta (30) días naturales, en el caso de las actividades que requieren una evaluación previa de los grupos multidisciplinarios creados a esos efectos; que estarán presididos por la persona designada por el Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular e integrado por representantes de las direcciones de Trabajo, Planeación Física, Salud Pública, la O cina Nacional de Administración Tributaria, del Ministerio de Turismo, y otros que se requieran, de acuerdo con la actividad objeto de evaluación, para verificar que se cumplen los requerimientos para el ejercicio de la actividad.

Un plazo de hasta noventa (90) días naturales, para realizar la evaluación y notificar el resultado al solicitante cuando la autorización es para ejercer actividades de servicio gastronómico en restaurante, servicio de bar y recreación y arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, cuando se arriendan viviendas completas o más de cuatro (4) habitaciones. El resultado se emite previa evaluación por el grupo multidisciplinario, presidido por la persona designada por el Consejo de la Administración Provincial del Poder Popular o del municipio especial de Isla de la Juventud e integrado por representantes delas direcciones de Trabajo, Planificación Física, Cultura, Comercio, Salud Pública, el Cuerpo de Bomberos, la O cina Nacional de Administración Tributaria, del Ministerio de Turismo, los órganos de Control que correspondan y otros que se requieran, a propuesta del grupo multidisciplinario creado en el Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular.

Para las actividades autorizadas por las entidades encargadas de otorgar licencias de operación de transporte, designadas por el Ministerio del Transporte, se cumplen los términos establecidos en su regulación específica. De no aprobarse el trámite se le comunica verbalmente al solicitante por el funcionario designado por la entidad que emite la autorización.

 

 

 

Con información de cubatramite.com